CONSIDERANDO,
que aspiramos a continuar ejerciendo eficazmente el control de la matrícula y el comportamiento ético profesional que el Estado Nacional, por la legislación vigente, ha delegado en este Consejo, y a brindar un adecuado nivel de atención a los profesionales que honran sus matrículas y planes de regularización,
EL CONSEJO SUPERIOR PROFESIONAL DE GEOLOGÍA, RESUELVE:
1°) Fijar el derecho anual de la matrícula profesional del año 2017 en $ 2800.- (pesos dos mil ochocientos) para el período 1º de Enero al 12 de Mayo de 2017.- Dentro de éste período, podrá ser abonada hasta en 3 ( tres) cuotas iguales y consecutivas, mediante Tarjeta Visa, transferencia o efectivo.
2°) La escala de matrículas atrasadas se establecen en la siguiente escala:
AÑO VALOR ANUAL
2017 $ 2800
2016 $ 3080
2015 $ 3388
2014 $ 3727
2013 $ 4100
3°) El módulo retributivo queda actualizado en forma permanente en 13% del valor de la matrícula, y las certificaciones que este Consejo emite según los porcentuales fijados en la resolución Nº 14/2014:
1)Habilitación Profesional: 25% del valor de la matrícula vigente.
2)Certificación de Informes: 25% del valor de la matrícula vigente.
3)Certificado de Encomienda Profesional: 25% del valor de la matrícula.
4)Visado de Contrato: 25% del valor de la matrícula vigente.
5)Certificado de incumbencias – cita Resolución Ministerial, art. 43 de la Ley 24.521 y el anexo 5 de incumbencias-. 25% del valor de la matrícula vigente.
6)Certificaciones en la Cancillería: 50% del valor de la matrícula vigente más el costo de los sellados de la Cancillería.
4°) Regístrese, dése difusión por los medios propios del Consejo y cumplido, archívese.
Lic. Mariana Gagliardo Dr. Claudio Parica
Secretaria CSPG Presidente CSPG