Buenos Aires, 17 de septiembre de 2008.
Visto:
I. Las atribuciones de este Consejo Superior Profesional de Geolog?a para intervenir en la cuestion de los honorarios profesionales.
II. La vigencia del Decreto NRO 2284/1991 sobre desregulacion econ?mica, ratificado por la Ley N? 24.307, que establece que los aranceles por las labores profesionales, con excepcion del ambito judicial, surgen de la libre convencion de las partes. Esto especificamente ratificado por el Decreto 240/99.
III. Que en virtud de esa normativa la determinacion de honorarios minimos no constituyen ni deben ser interpretados como aranceles minimos obligatorios.
IV. Que anteriores pautas del Consejo en esta materia han quedado desactualizadas.
Considerando:
1. La necesidad de una guia orientativa y actualizada que asista al profesional geologo en la mejor determinacion de sus honorarios en los distintos ambitos, especialidades y circunstancias de actuacion profesional.
2. La elaboracion de un documento generada en el ambito del Consejo con el proposito anterior.
3. Que la concepcion, definiciones, contextos y valores involucrados en el mismo es una herramienta util para asistir y orientar al geologo en la determinacion de honorarios minimos.
Por lo tanto:
El CONSEJO DIRECTIVO DEL CONSEJO SUPERIOR PROFESIONAL DE GEOLOGIA, RESUELVE:
Art. 1ro. Aprobar el documento que se acompana como Anexo y forma parte de la presente resolucion con el fin de asistir en forma orientativa a los profesionales geologos, en la actividad desarrollada en los ambitos de su jurisdiccion.
Art. 2do. Comuniquese, registrese y archivese.