VISTO,
Que las tributaciones por matriculas profesionales constituyen por abrumadora mayoria los recursos del Consejo.
La evolucion fructifera de los procesos de recuperacion de matriculas en mora o falentes por las distintas vias en curso.
CONSIDERANDO,
Que lo enunciado posibilita una situacion economica financiera suficiente para el giro institucional, actividades conexas y previsiones.
EL CONSEJO SUPERIOR PROFESIONAL DE GEOLOGIA, RESUELVE:
1) Mantener el derecho anual de la matricula profesional del ano 2009 en $150 (pesos ciento cincuenta), con vigencia hasta el 31 de julio de 2009.
2) En consecuencia la escala de matriculas a devengar permanece de la siguiente manera, siempre para los casos de presentacion espontanea, de acuerdo con la Resolucion del CSPG 04/2008
AÑO VALOR ANUAL TOTAL ACUMULADO
2009 150 150
2008 165 315
2007 175 490
2006 190 680
2005 200 880
2004 210 1.090
2003 225 1.315
2002 240 1.555
2001 255 1.810
2000 270 2.080
3) Registrese, dese difusion por los medios propios del Consejo y cumplido, archivese.