Buenos Aires, 1ro de diciembre de 2010.
VISTO,
La evolucion de los costos de las erogaciones corrientes e inversiones necesarias para el desenvolvimiento y mejoras institucionales.
Que las tributaciones por matriculas profesionales constituyen por abrumadora mayoria los recursos del Consejo.
CONSIDERANDO,
Que corresponde conservar justos criterios de contribucion, involucrando el respeto a quienes honran sus matriculas y planes de regularizacion.
EL CONSEJO SUPERIOR PROFESIONAL DE GEOLOGIA, RESUELVE:
1. Fijar el derecho anual de la matricula profesional del ano 2011 en $250 (pesos doscientos cincuenta), con vigencia hasta el 30 de abril de 2011.
2. Hasta el plazo antedicho el arancel de matricula sera de $230 (pesos doscientos treinta) para quienes tengan saldada su situacion de matricula a fin de 2010, incluidos quienes hayan completado a esa fecha sus planes de pago.
3. En cualquier caso los aranceles podran ser abonados en dos cuotas mensuales y consecutivas.
4. La escala de matriculas a devengar se estipula de la siguiente manera, siempre para los casos de presentacion espontanea, y pagaderos en hasta 18 (dieciocho) cuotas iguales y consecutivas, nunca inferiores a $140 (pesos ciento cuarenta).
ANO VALOR ANUAL TOTAL ACUMULADO
2011 250 250
2010 260 510
2009 270 780
2008 280 1.060
2007 290 1.350
2006 310 1.660
2005 330 1.990
2004 350 2.340
2003 370 2.710
2002 390 3.100
5. Eximir hasta el proximo 30 de abril del pago de certificados de encomiendas, certificados de habilitaciones, certificados de firma para presentacion de informes tecnicos, visados de contratos u otros documentos testimoniales a los profesionales con matricula regularizada al 31 de diciembre de 2010, salvo las eventuales erogaciones directas que deban abonarse a otros terceros con motivo de algunas de las tramitaciones mencionadas.
6. Registrese, dese difusion por los medios propios del Consejo y cumplido, archivese.
Lic Eduardo Rossi
Secretario CSPG
Lic. Alfonso R.Giudici
Presidente CSPG