Resolución Nº4/2020
Buenos Aires, 3 de julio de 2020.-
VISTO,
Las solicitudes de matriculación por Convenio de Reciprocidad por parte de profesionales provenientes de distintas provincias de la República Argentina y,
CONSIDERANDO,
Que este Consejo Superior prioriza el ejercicio legal de la Profesión en todo el Territorio Nacional y, que cada nueva matriculación implica gastos administrativos,
EL CONSEJO SUPERIOR PROFESIONAL DE GEOLOGÍA, RESUELVE:
1°) Fijar el derecho de matriculación en el marco del Convenio de Reciprocidad en un pago único del 30% del valor de la matrícula vigente.
2°) Todo trámite requerido tales como, certificaciones, encomiendas profesionales, visado de contrato, como así también trámites frente a la Cancillería se establecen en la siguiente escala:
Certificaciones, encomiendas profesionales y visado de contratos: 25% del valor de la matrícula vigente.
Tramitaciones en la Cancillería: 70% del valor de la matrícula vigente.
3°) Regístrese, dése difusión por los medios propios del Consejo y cumplido, archívese.
Lic. Rosa M. Maggi Dr. Claudio A. Parica
Secretaria CSPG Presidente CSPG