Trámite de matriculación para Argentinos

Trámite de matriculación para Argentinos

La actividad del Geólogo está regida por la Ley 19937, Decreto Ley 89267/63 y ratificado por Ley 16478. El art.6º establece que:

«Para ejercer la geología en jurisdicción o ante autoridades nacionales, los profesionales geólogos deberán estar inscriptos en el Consejo Superior Profesional de Geología, creado por Decreto Ley 8926/63 y en jurisdicción provincial en los respectivos organismos locales de aplicación»

PASOS A SEGUIR LUEGO DE HABER OBTENIDO EL TÍTULO DE LICENCIADO EN CIENCIAS GEOLÓGICAS Ó EQUIVALENTE

  • Deben llevar el título al Ministerio de Cultura y Educación – Avda. Santa Fe 1548 (de 10.00hs. a 13.00 hs) para su sellado. Este trámite es sin cargo. Previamente deberán solicitar una autorización en el Departamento de Graduados de la FCEN-UBA (en el caso de los egresados de esa Universidad).
  • Sellado de título en el Ministerio del Interior -25 de Mayo 155 (9.30 a 14.00 hs). Este trámite es sin cargo.
  • En caso de desear legalizarlo para el exterior deberán concurrir al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto -Arenales 819 (TE: 4819-7502) en el horario de 9.00 hs. a 13.00 hs..- Este trámite no es obligatorio.

Los títulos de otras Universidades del país pueden ya tener los sellados correspondientes. Por favor verifíquelo.

Se mantiene el año de gracia en el pago de matrícula para recién recibidos.